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Abuela

Pensión máxima de jubilación

¿Te preguntas cuál es la pensión máxima en España y qué requisitos debes cumplir para obtenerla? En 2024, el importe máximo de la jubilación se fijó en 2.683,34 euros. ¿Quieres conocer más detalles sobre la jubilación máxima en España? ¡No dudes en consultar nuestra guía completa preparada para ti!

1. Pensión Máxima 2024. Requisitos para acceder

En primer lugar, es importante destacar que la edad de jubilación en España para el año 2024 es de 65 años y 10 meses. Para optar por la jubilación a los 65 años, se requiere haber cotizado durante 37 años.

Dicho esto, actualmente los criterios para recibir la pensión máxima están en proceso de ajuste conforme a la nueva normativa, que entrará en vigor en 2027. Por lo tanto, en 2024 se deben cumplir los siguientes requisitos para acceder a la pensión máxima:

  1. Haber cotizado al máximo durante los últimos 23 años.

  2. Tener un total de 36 años cotizados.

Si no se alcanza este periodo de cotización, se aplicará un descuento de entre un 0,21% y un 0,19% por cada mes faltante hasta completar los 36 años.

Es relevante considerar que el monto de la pensión máxima de jubilación está en aumento. En 2022 se estableció en 2.683,34 euros, superando así la cifra correspondiente a los años anteriores.

2. Cálculo pensión máxima

 

Para determinar la pensión, y así conocer si se alcanza el máximo, es esencial considerar la base reguladora, que representa el promedio de las bases de cotización utilizadas por el trabajador durante sus últimos años de actividad laboral. Actualmente, en 2022, se tienen en cuenta las bases de cotización de los últimos 23 años, aunque a partir de 2022 se ampliará este periodo a los últimos 25 años.

Al calcular la pensión máxima, es crucial tener en cuenta esta base reguladora.

En 2022, la base reguladora se calcula dividiendo las bases de cotización del individuo por 322, durante los 276 meses inmediatamente anteriores al mes previo a la jubilación. Es importante recordar que la pensión se abona en 12 pagas, pero en su cálculo solo se consideran 12 bases anuales.

3. Límites máximos de la jubilación no contributiva

Una variante de la pensión no contributiva es la pensión de jubilación no contributiva. Este tipo de pensión está diseñado para personas que no han cotizado lo suficiente o nunca han trabajado, pero que cumplen con los requisitos necesarios para solicitarla. Estos requisitos incluyen:

  1. Demostrar que los ingresos no alcanzan un mínimo determinado, fijado en 5.538,40 euros en 2022.

  2. Haber cumplido 65 años al momento de presentar la solicitud.

  3. Residir en España en ese momento y haberlo hecho durante al menos 10 años, desde los 16 años hasta la fecha de elegibilidad para la pensión. Además, se requiere que al menos 2 de esos años de residencia en España sean consecutivos

En el año 2022, las cantidades para la pensión no contributiva de jubilación oscilan entre 1.384,60 euros y 5.538,40 euros anuales, siendo esta última la cantidad máxima (distribuida en 14 pagas mensuales).

Actualmente, el monto máximo que puede percibir un jubilado mediante la modalidad no contributiva de pensión es de 395,60 euros al mes.

Si deseas obtener más información sobre la pensión no contributiva, puedes hacer clic aquí: [Pensión contributiva]

4. Máxima pensión por jubilación anticipada

No existe un límite máximo establecido para la pensión de jubilación anticipada. Para determinar el máximo que podría corresponder en este caso, es necesario calcular cómo se reduce la pensión en función de la anticipación de la jubilación, considerando la edad y los años cotizados.

En caso de una jubilación anticipada debido a circunstancias ajenas a la voluntad del individuo, se aplican los siguientes coeficientes reductores:

  • 1,875% por trimestre de adelanto para periodos de cotización de hasta 38 años y 6 meses.

  • 1,750% por trimestre para periodos cotizados entre 38 años y 6 meses y 41 años y 6 meses.

  • 1,625% por trimestre para periodos de cotización de 41 años y 6 meses en adelante.

Por otro lado, en el caso de la jubilación anticipada por elección propia, se aplican los siguientes coeficientes reductores:

  • 2% por trimestre para periodos de cotización inferiores a 38 años y 6 meses.

  • 1,875% por trimestre para periodos de cotización entre 38 años y 6 meses y 41 años y 6 meses.

  • 1,70% por trimestre para periodos de cotización entre 41 años y 6 meses y 44 años y 6 meses.

  • 1,625% por trimestre para periodos de cotización a partir de 44 años y 6 meses.

Estas reducciones anualizadas representan una pérdida del 8%, 7,5%, 6,8% y 6,5%, respectivamente.

5. Pensión máxima de jubilación parcial

La jubilación parcial implica una reducción del 50% en la pensión correspondiente. Por lo tanto, si la pensión máxima estándar es de 2.683,34 euros mensuales, la máxima pensión por jubilación parcial sería de 1.341,67 euros.

6 Límite máximo de la jubilación flexible

La pensión se ajusta proporcionalmente a la reducción de la jornada laboral, comparada con un trabajador a tiempo completo. Por lo tanto, es necesario calcularla individualmente en cada caso.

Por ejemplo, si la jornada laboral se reduce en un 30%, la pensión también se reduce en un 70%, manteniendo una proporción de un 30%.

Cuando se decide volver a recibir la pensión completa, es necesario recalibrar su monto, ya que la base reguladora se ajusta. Si la nueva pensión es más baja, es posible volver a recibir la pensión anterior.

7 Límite máximo de la jubilación por incapacidad

El tipo y el grado de incapacidad determinan el alcance de la jubilación, por lo que es necesario evaluar cada caso individualmente. Para obtener más detalles, te recomiendo consultar la siguiente página:

Pensiones de Seguridad Social-Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social

8 Condiciones para la jubilación

La pensión de jubilación constituye un beneficio contributivo de la Seguridad Social destinado a los trabajadores que han finalizado su carrera laboral tras alcanzar la edad mínima establecida por la ley.

Para acceder a la jubilación y recibir la pensión correspondiente, es necesario cumplir con los siguientes requisitos:

  1. Haber alcanzado la edad de 67 años, si se han cotizado al menos 37 años, o de 65 años y 10 meses, si la cotización es inferior.

  2. Contar con un mínimo de 15 años de cotización, de los cuales al menos dos deben haber transcurrido dentro de los 15 años previos a la jubilación.

9 Modalidades de jubilación

Antes de adentrarnos en el tope de jubilación en España o en la pensión máxima de jubilación, es importante clasificar las pensiones según dos criterios distintos:

Según el tiempo cotizado:

  1. Pensión contributiva: Se otorga en base al cumplimiento de requisitos específicos de edad y tiempo de cotización.

  2. Pensión no contributiva: No está vinculada a los requisitos de la pensión contributiva, sino que se otorga a ciudadanos en situación de necesidad que requieren protección y carecen de recursos suficientes para subsistir.

Según la disponibilidad:

  1. Jubilación total: Cuando el trabajador cesa por completo en su actividad laboral y cumple los requisitos para recibir la pensión de jubilación.

  2. Jubilación parcial: El trabajador cumple con los requisitos para jubilarse, pero continúa trabajando a tiempo parcial. Esto permite cobrar la pensión mientras se sigue trabajando.

  3. Jubilación anticipada: Puede ser voluntaria o no voluntaria. Los trabajadores tienen derecho a la jubilación anticipada no voluntaria si cumplen una serie de requisitos específicos.

  4. Jubilación flexible: El trabajador decide compatibilizar el cobro de la pensión con la realización de un trabajo a tiempo parcial, ya sea posterior o simultáneamente a la jubilación.

  5. Jubilación por incapacidad: Aplicable a funcionarios públicos que, teniendo reconocida una incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez, sufren una incapacidad en uno de estos grados antes de alcanzar la edad de jubilación.

Para obtener más información sobre estos tipos de jubilación, puedes consultar aquí: [enlace]

7. Compatibilidades con el cobro de la pensión de viudedad

Es compatible con los ingresos provenientes del trabajo del viudo o viuda, así como con las pensiones de jubilación y de incapacidad permanente a las que pudiera tener derecho.

Sin embargo, es incompatible con la pensión de viudedad que se haya mantenido de manera excepcional en caso de contraer nuevo matrimonio. En otras palabras, si el viudo o viuda recibía una pensión de viudedad al momento de casarse nuevamente, no podrá recibir dos pensiones de viudedad en caso de fallecimiento del nuevo cónyuge.

En los casos en que el fallecido no estuviera afiliado al momento del deceso, es necesario consultar las posibles compatibilidades e incompatibilidades con otras prestaciones.

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