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Ayuda por hijo a cargo

Prestación por hijo a cargo

Todas las ayudas por hijo a cargo en 2024

La prestación por hijo a cargo es una ayuda económica otorgada por el Estado a familias con hijos menores de 18 años (o mayores si tienen una discapacidad) que dependen económicamente de ellas. Esta prestación está destinada a aliviar la carga financiera de las familias y contribuir a cubrir los gastos derivados de la crianza de los hijos.

Toda la información sobre la prestación por hijo a cargo

A quien va dirigido esta prestación por hijo a cargo

A los progenitores, adoptantes y, en su caso, a las personas que tengan a su cargo menores de 18 años con una discapacidad igual o superior al 33%, o mayores de dicha edad con una discapacidad igual o superior al 65%, en régimen de acogimiento familiar permanente o guarda con fines de adopción, así como a aquellas personas que, por su condición de beneficiarios, deseen solicitar alguna de las prestaciones familiares de carácter económico.

Qué permite realizar

Realizar la solicitud a través del Registro Electrónico correspondiente en cada caso:

  • Prestación por hijo a cargo menor de 18 años con una discapacidad igual o superior al 33% o mayor de dicha edad con una discapacidad igual o superior al 65%.

  • Prestación por hijo o menor a cargo (para personas jurídicas).

  • Prestación por hijo o menor a cargo (supuestos especiales).

Este formulario incluye los siguientes casos:

  • Persona con discapacidad mayor de 18 años, no incapacitada judicialmente y no conviviente con sus progenitores/adoptantes.

  • Huérfanos absolutos.

  • Hijos residentes fuera de España y a cargo de una persona distinta del otro titular de la patria potestad.

  • Menores no emancipados.

  • Prestación por nacimiento/adopción de hijo en casos de familias numerosas, monoparentales y madres o padres con discapacidad, así como en partos o adopciones múltiples.

  • Prestación familiar por hijo o menor a cargo (solicitud de inclusión de nuevo hijo).

Descargar y adjuntar el modelo de solicitud correspondiente, junto con la documentación requerida.

Qué necesitas

  • Completar y adjuntar el modelo de solicitud.

  • Incluir una copia de los documentos detallados en las instrucciones de la solicitud.

  • Asegurarse de disponer de un software que permita cumplimentar y guardar la solicitud para su posterior anexado.

  • Si actúa como representante, debe adjuntar el modelo normalizado de representación, disponible en el apartado de documentación adjunta, o cualquier documento válido en derecho que acredite de manera fidedigna la representación.

A tener en cuenta

  • Si accede con Usuario y Contraseña (Cl@ve permanente), para garantizar un mayor nivel de seguridad, se le enviará un código vía SMS al número de móvil que haya declarado durante el registro. Deberá introducir este código para poder firmar la comunicación en el registro electrónico.

  • La provincia de trámite es aquella a la que desea dirigir su solicitud.

  • El apartado de Observaciones solo se cumplimentará cuando no se anexe el modelo de solicitud.

  • La sesión de conexión está limitada temporalmente, por lo que, si caduca mientras cumple la solicitud, deberá volver a iniciarla y terminar las actuaciones pendientes.

  • Debe aportar la documentación que acredite que ya no está inmerso en ninguna causa de incompatibilidad que le imposibilitara percibir la prestación.

  • Si actúa como representante, debe adjuntar el modelo normalizado de representación, disponible en el apartado de documentación adjunta, o cualquier documento válido en derecho que acredite de manera fidedigna la representación.

  • El tamaño total de la documentación a anexar no puede superar los 10 MB.

Próximos pasos

  • Una vez realizado el trámite, recibirá un "acuse de recibo" en formato PDF.

  • Si no recibe el mensaje de confirmación, o si recibe un mensaje de error o deficiencia en la transmisión, deberá realizar la presentación en otro momento o utilizar otros medios.

  • El INSS enviará la resolución de la solicitud al domicilio del interesado.

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